
El Ministerio de Educación resolvió modificar las incumbencias profesionales de diversas carreras universitarias consideradas de “interés público”. Además de disponer que diferentes carreras pueden compartir actividades específicas.
La Ley de Educación Superior creó la figura de “carreras de interés público” y estipuló que el Estado debe aprobar sus contenidos y estándares mínimos, además de controlarlas periódicamente a través de la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (Coneau). En ese conjunto se encuentran carreras como Medicina, Ingeniería, Arquitectura, Psicología, Odontología, Farmacia, Bioquímica, Veterinarias, Agronomía, Biología, Química, Geología, Computación.
Ahora, mediante la resolución 1254/2018, que se publicó el viernes pasado en el Boletín Oficial, Educación precisó lo que se entiende por “alcances” de un título universitario y por “actividades profesionales reservadas exclusivamente” a un título. En ese marco, modificó numerosas resoluciones tomadas por la propia cartera entre 2001 y 2012, todas referidas a las incumbencias de diferentes carreras: así, redujo las actividades profesionales que pueden ejercer los graduados.
La decisión generó fuertes cuestionamientos en el ámbito académico: el recorte de incumbencias supone que, para adquirirlas nuevamente y desempeñarse en el área, será necesario cursar posgrados específicos, que son arancelados, a diferencia de las carreras de grado, gratuitas.
Fuente: Agencia InfoGEI

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