11 septiembre, 2026

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El Gobierno lanzó el Programa Central de Emergencias para asistir los barrios populares

El Gobierno lanzó el Programa Central de Emergencias para asistir los barrios populares

La iniciativa fue presentada por el Ministerio de Justicia de la Nación y buscará brindar una respuesta inmediata ante las demandas en materia de emergencia sanitaria, alimentaria, casos de violencias, defunciones, desalojos y adicciones en estos aglomerados urbanos.

El Ministerio de Justicia de la Nación lanzó hoy el Programa Central de Emergencias para los Barrios Populares, una iniciativa que brindará respuesta inmediata ante las demandas en materias de emergencia sanitaria, alimentaria, casos de violencias, defunciones, desalojos y adicciones. El programa fue oficializado a través de la Resolución 299/2020 en el Boletín Oficial, con firma de la ministra de Justicia, Marcela Losardo.

El programa articulará acciones con las autoridades nacionales, provinciales, municipales; y con instituciones sociales y personas residentes de los barrios populares del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).

La iniciativa trabajará desde las áreas de influencia de los Centros de Acceso a la Justicia (CAJ) ubicados en el AMBA y recibirá de lunes a viernes, de 10 a 18, a través del 0800-222-3425 opción (0), en la central telefónica del ministerio- los llamados telefónicos de los habitantes de los barrios populares que necesiten respuestas. Fuera de dicho horario, los llamados serán recibidos por un contestador automático, informaron.

El programa se encargará de orientar a los interesados respecto de los servicios de acceso a la justicia y ofrecerá contención, información y protocolos adaptados a fin de responder a las demandas, a la vez que elaborará un registro de las inquietudes recurrentes a fin de incluirlas en estadísticas para el fomento de políticas públicas tendientes a mitigar estas problemáticas.

Por último, capacitará a los operadores de la central telefónica en materia de emergencia sanitaria, emergencia alimentaria, frente a casos de defunción cuando la persona hubiere fallecido fuera del ámbito de los establecimientos hospitalarios, violencia de género, violencia institucional, protección de niñas, niños y adolescentes, derecho a la identidad de género, desalojos y adicciones.

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