
El decreto fue publicado este lunes en el Boletín Oficial con la firma de todo el Gabinete. El proyecto vuelve a la Cámara de Diputados. Si logra dos tercios de los votos, como ya sucedió, vuelve al Senado.
El decreto 782/2024 estaba preparado desde el viernes y finalmente fue publicado esta madrugada en el Boletín Oficial. En sus considerandos, el Gobierno justifica el veto argumentando que “el proyecto de ley sancionado por el H. Congreso de la Nación es manifiestamente violatorio del marco jurídico vigente, en tanto no contempla el impacto fiscal de la medida ni tampoco determina la fuente de su financiamiento”.
La pelota vuelve a Diputados
Tras el veto presidencial el proyecto regresará a la Cámara de origen; en este caso, Diputados. Si el cuerpo decide insistir en su tratamiento y consigue los dos tercios, como ya sucedió, será remitido al Senado. En esta instancia, Milei ya no podría hacer uso de la herramienta del veto.
En estos días, el oficialismo buscará asegurarse los 88 diputados que le permita impedir los dos tercios opositores. Para ello será fundamental el apoyo de los 77 del PRO, los tucumanos que responden al gobernador Osvaldo Jaldo y sanjuaninos que hacen lo propio con Marcelo Orrego.
A favor de la ley votaron los diputados de UxP (99 votos), la UCR (34 votos), gran parte de Encuentro Federal (13 votos) y la Coalición Cívica (6 votos). El FIT, mientras tanto, se abstuvo en la votación de junio, pero adelantó que acompañaría la ley si Milei la vetaba.
Los principales puntos de la ley vetada
- El haber mínimo no debe ser menor al valor de una canasta básica de adulto mayor, que actualmente es de 285 mil pesos.
- Un pago extra de 8 por ciento para alcanzar el 20,6 de la inflación de enero. El gobierno solo había dado 12,5 aplicando su índice de movilidad jubilatoria.
- La fórmula de movilidad quedaría atada al Índice de Precios al Consumidor (IPC), que mide la inflación, y a los salarios promediados en el índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).
- La actualización se aplicará de manera semestral. Además, se establece un aumentos adicional una vez al año, en marzo, por el 50 por ciento de la diferencia entre la variación salarial y la inflación.
- Las deudas de las cajas previsionales provinciales deberán ser canceladas por la ANSES o con fondos de impuestos nacionales, como el del cheque, PAÍS e IVA. Es decir que no se toca el Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de ANSES.
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