
Los peritos Raúl Díaz (de la Corte Suprema de Justicia), Horacio Faggiani (de la Comisión Nacional del Transporte), Alejandro Leonetti (de la Secretaría de Transporte) y Julio Pastine (de la empresa TBA, entonces concesionaria del Sarmiento), habían sido procesados, acusados de haberse puesto de acuerdo a la hora de dar su testimonio. Todos coincidian en la responsabilidad del conductor de la formación, Marcos Córdoba y en que los frenos funcionaban correctamente.
La defensa de estos peritos, acudió a la Cámara Federal, que finalmente resolvió a favor de los expertos y aseveró que los informes correspondientes al tren llamado “chapa 16” se elaboraron en las “debidas condiciones de servicio”.
Además, en el falló de la Sala II de la Cámara Criminal y Correccional Federal; que lleva la firma de los camaristas Eduardo Farah y Martín Irurzun; se sostiene que no existió nunca un propósito deliberado de cargarle la responsabilidad al maquinista y se revoca el procesamiento de los peritos.
Al revocar el procesamiento de los peritos, también se refuerza sus dictámenes y la idea de que nada hubiera pasado si el maquinista accionaba los frenos del tren.

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