
El decreto le permitirá al país acceder a mayor cantidad de dosis y establece modificaciones a la ley 27.573 que regula la adquisición de inoculantes contra el coronavirus. También admitirá que el plan vacunación llegue a los menores de 18 años.
El presidente Alberto de la Nación, Alberto Fernández, firmó ayer por la noche un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para regular y actualizar el marco legal en el que se desenvuelve el mecanismo de compra de vacunas contra el Covid-19, lo cual abrirá el paso a la adquisición de dosis pediátricas y permitirá ampliar el espectro de inmunizantes disponibles para la población en general.
Los detalles del decreto habían sido anticipados en una conferencia de prensa que dieron en la Casa Rosada la secretaria Legal y Técnica, Vilma Ibarra; y la Ministra de Salud, Carla Vizzotti, quienes anunciaron su pronta publicación en el Boletín Oficial.
La normativa crea un Fondo de Reparación Covid-19 el cual “se armó porque si alguna persona sufre un daño y pide una reparación tiene que existir la tranquilidad de que ese fondo es el que lo cubre y si no, lo hará el Estado”, aclararon el viernes desde el gobierno nacional.
“Con el objetivo de conseguir la mayor cantidad de vacunas lo antes posible, la nueva norma abre tres posibilidades para recibir dosis: los convenios con laboratorios, el mecanismo Covax y las oportunidades de donaciones de diferentes Estados, fundamentalmente de Estados Unidos”, precisaron los voceros oficiales.
La funcionaria subrayó que apenas fueron aprobadas las vacunas pediátricas contra el coronavirus fue un objetivo del Gobierno nacional obtenerlas y, en ese contexto, es que se modifica el “marco legal” para propiciar “conversaciones” con los distintos laboratorios, sin perder de vista la “protección de los intereses de los argentinos” y de los “bienes soberanos”.
La secretaria Legal y Técnica adelantó que el DNU incluirá modificaciones a la normativa vigente, y que una de ellas será la supresión de “la negligencia como supuesto de responsabilidad para los fabricantes de vacunas Covid-19”, y dijo en su lugar el Estado establecerá “el modo en que recibe conforme las vacunas”.
El término negligencia fue considerado por representantes de laboratorios como uno de los obstáculos para la provisión de vacunas, por eso mismo se suprimió el término “malicioso o fraudulento”, que se reemplaza por “conductas dolosas”, un concepto más claro y que es el que utiliza el Código Civil y Comercial, según precisó Ibarra.
Con información de Télam

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