11 agosto, 2026

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El Gobierno reglamentó la Ley de Celiaquía: Menú libre de gluten y ampliación de la cobertura de alimentos

La norma establece que los restaurantes deberán ofrecer obligatoriamente un menú sin TACC, los medicamentos tendrán que aclarar en su rótulo que están libres de gluten y las prepagas deberán actualizar el monto destinado a cubrir los gastos para quienes tengan esta enfermedad, entre otras medidas.

El gobierno nacional reglamentó en el Boletín Oficial, mediante el Decreto 218/2023, la ley de Enfermedad Celíaca, que aprobó lo determinado en la Ley 26.588, modificada por Ley 27.196. Así, la normativa declaró “de interés nacional” la atención médica, la investigación clínica y epidemiológica, la capacitación profesional en la detección temprana, diagnóstico y tratamiento de la enfermedad, su difusión, y acceso a alimentos y medicamentos.

Los cambios que empezarán a efectuarse incluyen la obligatoriedad de que en restaurantes y bares haya un menú libre de gluten y amplía la identificación de alimentos y medicamentos como “Libre de gluten” o “Este medicamento contiene gluten”

Además, la reglamentación establece la metodología para fijar el monto actual de cobertura de obras sociales y prepagas, y por otra parte se deja establecida la periodicidad con la que se realizarán las actualizaciones subsiguientes cada 6 meses. El monto de cobertura de alimentos libres de gluten que las obras sociales y prepagas deben brindar pasará de $2.672 a $7.806, según la canasta básica de abril.

 

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