
La nueva resolución, firmada entre el Ministerio de Salud y el INASE, permitirá avanzar en la estandarización de semillas para su uso en cultivos controlados con el fin de garantizar la seguridad y calidad de los productos utilizados en el ámbito terapéutico.
La ministra de Salud de la Nación, Carla Vizzotti, y su par de Agricultura, Ganadería y Pesca, Luis Basterra, anunciaron hoy “la rúbrica de la resolución conjunta que permitirá la inscripción de semillas de la especie Cannabis sativa L. para su uso medicinal y de investigación en el Registro Nacional de Cultivares y/o el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares”.
La resolución firmada por la jefa de la cartera sanitaria y el presidente del Sistema Nacional de Semillas (INASE), Joaquín Serrano, posibilitará avanzar en la estandarización de las genéticas obtenidas y someterlas a certificaciones nacionales para su utilización como insumos en la producción de cultivos controlados, lo cual tendrá efectos en la seguridad y calidad de los productos utilizados en el ámbito medicinal, además de evitar el mercado ilegal. También participaron el secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca, Jorge Solmi, y el director nacional de Articulación Federal del INASE, Gabriel Giménez.
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“El Estado cambió su mirada y con este paso, además del REPROCANN, estamos contribuyendo a solucionarle la vida a un número de familias que tiene una problemática de salud”, destacó la Vizzotti y agregó que “darles un camino legal es algo que era nuestra responsabilidad y no es menor que haya pasado a pesar de la pandemia”.
Asimismo, la ministra resaltó la articulación interministerial porque “este desafío es transversal y acá estamos para reconocer el trabajo que ha realizado el INASE en todo el capítulo semillas que permitirá profundizar esta política que nació de una deuda que teníamos con la ciudadanía”.
Por otro lado, Basterra subrayó que “el trabajo llevado adelante por el INASE en articulación con el Ministerio de Salud es muy importante, en cuanto al desarrollo de herramientas tendientes a facilitar el acceso a la planta y sus derivados, como al tratamiento medicinal. Es una muestra más del potencial de nuestra industria semillera nacional” y añadió que “este desarrollo nos permite avanzar en cultivo ordenado y controlado, para que no haya puntos débiles en la instrumentación de la producción”.
Con respecto a los alcances de la resolución, el titular del INASE recalcó: “La importancia de la soberanía genética porque es un gran paso adelante que les da luz a todos los eslabones de la cadena, desde la investigación y el desarrollo nacional, y la producción para potenciar la industria semillera nacional, en este caso relacionado con la industria médica para favorecer el acceso a medicinas para todos y todas”.
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“La resolución establece que todos aquellos que tramiten la inscripción deberán presentar ante el Programa Nacional para el Estudio y la Investigación del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis, sus Derivados y Tratamientos No Convencionales del Ministerio de Salud un informe con el fundamento técnico de la inscripción en los registros del INASE, el cual tendrá carácter de declaración jurada, a los fines de verificar que la misma se encuentra dentro del marco de la Ley 27.350 y su Decreto Reglamentario número 883/20”, se detalló a través de un comunicado de la cartera sanitaria.
En el país existen diferentes organismos académicos, universidades y centros de investigación asociados que llevan a cabo estudios relacionados con las distintas variedades de cannabis, etnobotánica, morfología, taxonomía, anatomía y caracterización química de las variedades locales que podrán ser registradas.
Desde el ejecutivo nacional, remarcaron que la inscripción y el cultivo de variedades locales de cannabis constituye “un gesto de reconocimiento a aquellas personas y organizaciones que cultivaron y desarrollaron productos derivados del cannabis y asistieron a quienes lo necesitaban, aun poniendo en riesgo sus libertades individuales, y articularon con las Universidades en pos de asegurar un estándar de calidad al producto”.

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