La medida rige para todos los vehículos terrestres, marítimos, fluviales y aéreos que presten servicios dentro de la jurisdicción del Estado nacional y fuera del mismo.
Decretada por el Gobierno Nacional, la medida había sido promulgada en 2014, en el articulo 1° de la ley 27.023, por lo que ya se había dispuesto de manera obligatoria para el transporte público. Por medio de la resolución 31/2022, de esta manera se va a hacer efectiva la ley.
La erogación para abonar la cartelería nueva correrá por cuenta de las empresas de transporte, es decir, no va a generar gastos al Estado Nacional. La medida entró en vigencia dos días después de la conmemoración de los 40 años de la Guerra de Malvinas.
El detalle de los carteles y la ubicación de los mismos todavía no está definido, pero se sabe que la legislación incluyó ocho modelos de cómo deberá ser la cartelería. No solo los medios de transporte públicos de pasajeros de origen nacional deberán llevar la leyenda, sino también las estaciones de llegada, partida o intermedias de viaje.

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